Garantías Judiciales
El seguro de caución para garantías judiciales cubre el cumplimiento de determinadas obligaciones por parte del tomador del seguro, como consecuencia de actuaciones judiciales, aplazamientos o liquidaciones provisionales, concedidos por la legislación.
Las Garantías Judiciales son aquellas garantías de caución que, frente a las administraciones públicas u organismos judiciales, cubren el cumplimiento de determinadas obligaciones por parte del tomador del seguro, como consecuencia de ciertas actuaciones judiciales, aplazamientos o liquidaciones provisionales, concedidos por la legislación. Da cobertura a los posibles resultados del proceso judicial.
El seguro de caución para garantías judiciales pretende servir al cumplimiento de las obligaciones de una de las partes intervinientes en un proceso judicial. Por norma general, la exigencia de las mismas así como su alcance y valor asegurado, viene fijada por ley o bien por la autoridad judicial o administrativa que instruya la causa.
Entre los diferentes supuestos en los cuales son de utilidad las garantías judiciales se incluyen:
- Recursos de reposición, de alzada y contencioso-administrativo.
- Sentencias condenatorias con proveedores o clientes
- Recursos ante la Hacienda pública o municipal por disconformidad con las liquidaciones efectuadas.
- Sanciones tributarias.
- Recursos contencioso-administrativos a cualquier nivel de los tribunales.
- Garantías ante los juzgados para ejecuciones provisionales.
- Sentencias por despidos laborales.
- Actas de disconformidad en el pago de impuestos.
- Sanciones por competencia.
Las garantías judiciales constituyen pues una herramienta perfecta para el demandante para garantizar sus obligaciones procesales.